domingo, 30 de enero de 2011

UNA SENTENCIA PIONERA

Más allá de los titulares interesados o engañosos, el juez de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha emitido una sentencia justa. Un propietario desahuciado de su piso por la entidad bancaria que le concedió la hipoteca no tendrá que seguir pagando por la diferencia entre el importe del préstamo y el importe efectivo de la subasta. Tampoco deberá pagar ni intereses ni costas. El auto es ejemplar en su literalidad. Establece que aunque la actuación del banco se ajusta a la legalidad, y no constituye abuso de poder, “moralmente” su argumentación es “intranquilizante” y “rechazable”.

Las asociaciones de consumidores, así como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, intentan arrimar el ascua a su sardina. Consideran que la sentencia de la Audiencia de Navarra establece un precedente para la legislación en España de la “dación de pago”. En este caso, sin embargo, el juez examinaba si era “justa” la reclamación de una derrama al propietario desahuciado. El banco había prestado, en su día, 71.225 euros para la adquisición de una vivienda, y subastado la propiedad por tan sólo 42.895 euros, una cantidad ridícula a todas luces. Exigía por vía judicial la diferencia y una suma de 8.000 euros en concepto de intereses y costas. En total, más de 30.000 euros. El juez establece que la propia tasación del inmueble efectuada por parte de la entidad financiera en 75.900 euros es razonable, y la pérdida de valor se debe “en origen” a “la mala gestión del sistema financiero”. Dicho de otro modo: no se puede achacar al propietario los problemas de liquidez derivados de la propia actuación del banco.


Es, sin duda, una sentencia valiente que intenta poner coto a los desmanes causados por los llamados “subasteros” en el procedimiento de embargo. Debido a los problemas de liquidez, y a la ausencia de una tutela efectiva por parte de los poderes públicos, muchas propiedades inmobiliarias son subastadas a precios de risa. El desamparo de las familias más humildes y desinformadas era, en los años 90, absoluto. En la actualidad, salvo casos muy concretos como el juzgado en Navarra, la situación es diferente. La abultada tasación de los pisos y la elevada deuda hipotecaria resta mucho atractivo e interés a esa forma de especulación. Es hasta cierto punto, paradójico. Del mismo modo que ocurre con las grandes empresas que cotizan en bolsa, una deuda cuantiosa es el mejor repelente contra los “tiburones”. O como reza el adagio financiero: si tienes una hipoteca pequeña, el problema es tuyo; si tienes una hipoteca enorme, el problema es del banco.

BELGE, en foro de invertia.com, 27 de enero de 2011